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RESUMEN:

El partido CD Málaga-UD Salamanca altera la clasificación final según se interprete el fallo del Comité Superior de Disciplina Deportiva.      En nuestro número 4 de Cuadernos de Fútbol, José Ignacio Corcuera hacía un somero repaso a la compra-venta de partidos, arreglos y acuerdos antideportivos de algunas personas del mundo del fútbol. También señalaba lo

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La clasificación final de la temporada 1979/1980

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El partido CD Málaga-UD Salamanca altera la clasificación final según se interprete el fallo del Comité Superior de Disciplina Deportiva.

     En nuestro número 4 de Cuadernos de Fútbol, José Ignacio Corcuera hacía un somero repaso a la compra-venta de partidos, arreglos y acuerdos antideportivos de algunas personas del mundo del fútbol. También señalaba lo difícil que resultaba poder probar el delito ya que las únicas pistas que dirigían las pesquisas eran conversaciones, coincidencias profesionales entre los acusados y, sobre todo, un resultado anómalo. Nunca había justificantes de pago ni acuses de recibo, lógicamente.

    En dicho artículo se mencionaba el caso del CD Málaga-UD Salamanca de la temporada 1979/80, donde finalmente el Comité Superior de Disciplina Deportiva acabó emitiendo un fallo salomónico que expliacaremos detenidamente, porque dejó flecos interpretables.

 La trayectoria del CD Málaga en el Campeonato de Liga no era nada satisfactoria. El 16 de marzo en su encuentro con el Rayo Vallecano, rival directo, el público perdió totalmente la compostura y protagonizó una serie de muy graves incidentes. Primero ante un gol anulado al equipo local cuando el marcador señalaba 0-2, el lanzamiento de objetos hizo detener momentáneamente el partido. En la segunda parte el público siguió con las protestas, reclamó dos penaltis y continuó arrojando de manera intermitente pequeños objetos, hasta que a falta de cuatro minutos los incidentes se agravaron, con intento de derribo de una valla (entonces el césped estaba protegido por unas vallas para evitar el acceso de los espectadores). El árbitro huyó literalmente del terreno de juego y dio por suspendido el partido. El Rayo Vallecano, gracias a esta victoria se distanciaba tres puntos del CD Málaga.

    La sanción que el Comité de Competición acordó fue clausurar el campo de La Rosaleda por un encuentro, que debía cumplirse en Algeciras ante la AD Almería. Ante esta medida el CD Málaga apuró el plazo para presentar el recurso, que llegó a D. Jaime Pedro y Vara de Rey, presidente del Comité de Apelación, a las 20:40 horas del 29 de marzo. El Comité desestimó el recurso por atenderse más a la forma que a los hechos (sic).

    Así, el 30 de marzo, el CD Málaga cumplió con sus amenazas y no se presentó en El Mirador algecireño por lo que perdió el partido por incomparecencia y se le descontaron tres puntos a efectos de clasificación. La AD Almería fue beneficiada pues sumó los dos puntos sin jugar. Con esta sanción el equipo malaguista quedaba prácticamente sentenciado a Segunda División.

    Precisamente la postura intransigente del CD Málaga levantó alguna sospecha, que más tarde sería tenida en cuenta en el caso de compra del partido ante la UD Salamanca. Con esta actuación el CD Málaga quedaba tan descolgado de su objetivo de la permanencia que los partidos que le quedaban para cubrir su calendario sí se prestaban al juego de los maletines. Y parece ser que así sucedió, y no por incentivar a los jugadores para que ganasen, sino para perder.

  En el partido CD Málaga-UD Salamanca, jugado el 27 de abril, jornada 31ª, los locales cayeron por 0-3. Los goles visitantes llegaron tras un autogol el primero, cierta inoperancia defensiva el segundo y mala colocación del portero el tercero. Así los narró Marca en su crónica:

  •  0-1. Quince minutos. Un balón largo llegado de campo salmantino se lo lleva Tomé por la izquierda, acosado por Juan Carlos, quien en el intento de alejar el balón le da un punterazo batiendo a su portero, que se hallaba a media salida.
  • 0-2. Cuarenta y cinco minutos. Falta sacada desde medio campo por Bustillo. Llega el balón a Brizzola, quien estorbado por Muñoz, se mete en el área y envía el esférico por encima del titubeante Corral.
  • 0-3. Cuarenta y seis minutos. En la primera jugada del segundo tiempo, una falta de Heredia a Diarte es sacada muy bien por Corominas por encima de la barrera, entrando el balón por el ángulo contrario al que se encontraba Corral.

  Los comentarios de los dos entrenadores no tuvieron desperdicio, mientras el malaguista Viberti manifestó su decepción reconociendo que había sido el peor partido de la temporada, el responsable salmantino, Mesones, resaltando el mérito de la victoria de su equipo apuntó que en cuanto a lo de «tongo», es inadmisible desde el momento en que el equipo local ha luchado mucho. La frase no tendría mayor importancia si no llega a ser por la sanción que la propia directiva malaguista impuso a cinco de sus jugadores por bajo rendimiento.

 La prensa no tardó en unir cabos lo que obligó al Comité de Competición a iniciar sus propias investigaciones.

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 El posible amaño salió publicado en la prensa: el malaguista Orozco reconoció que le llamaron por teléfono para arreglar el resultado y señaló a Raúl Castronovo como el intermediario. El jugador argentino había militado en el CD Málaga de 1974 a 1977 y también en la UD Salamanca en la temporada 1978/79 donde estuvo a las órdenes de Felipe Mesones. Además, Raúl Castronovo en la temporada 1979/80 fichó por el Algeciras CF, lo que facilitaba ubicarlo en la escena del crimen.

 Durante las investigaciones prestaron declaración por parte del CD Málaga los jugadores Orozco, Migueli, Corral, Macías, Megido y Aráez, y el entrenador, Viberti; por la AD Almería el presidente Sr. García Sánchez; por el Algeciras CF el jugador Castronovo; y por la UD Salamanca los jugadores D’Alessandro y Bustillo, su entrenador Mesones, el presidente Sr. Paniagua López, y el gerente Sr. Sánchez Esteban; además de los señores Minguella y Pareja, empresarios de organizaciones deportivas. También hubo un careo entre Mesones y Castronvo, el Comité se entrevistó con el presidente y vicepresindente del CD Málaga, señores Brinkman Gil y Pérez Gascón respectivamente, y se citó en dos ocasiones al ex-jugador del CD Málaga, Búa que no compareció.

 El Comité consideró que con estos testimonios los hechos quedaban así probados: el viernes 25 de abril de 1980, sobre las 14:15 Castronovo recibió una llamada de Mesones para preguntarle si tenía contacto con alguien del CD Málaga para arreglar el resultado del partido que iban a jugar próximamente con el pago de 4.400.000 pesetas. Seguidamente Castronovo se puso en contacto con Orozco y le transmitió la oferta.

    El sábado 26 de abril mantuvieron una nueva conversación telefónica Castronovo y Orozco donde concretaron que el jugador del Algeciras llevaría el dinero a Málaga y allí hablarían.

    El domingo 27 de abril sobre las 14:00 Corral, después de hablar de su renovación con la directiva, le comunicó al entrenador que ya había decidido lo que tenía que hacer.

    Por otro lado, Castronovo se personó en el bar del hotel Alay de Benalmádena, donde se hospedaba la UD Salamanca, y conversó con Mesones, el gerente Sr. Sánchez Esteban y otros directivos, después vio en sus respectivas habitaciones a otros jugadores salmantinos. Ya por la tarde el propio Castronovo acudió al estadio de La Rosaleda y estuvo en los vestuarios de los dos equipos contendientes.

    El partido tuvo un desarrollo anómalo desde el inicio. El público mostró su disconformidad con la actuación del equipo considerándola irregular. Al final venció la UD Salamanca por 0-3.

    Al finalizar el partido la directiva malaguista y su entrenador decidieron adoptar medidas disciplinarias por el anómalo comportamiento y bajo rendimiento de sus jugadores.

    El Comité llegó a la conclusión de que el dinero de la compra del partido fue llevado a Málaga por conducto privado.

    También se aclararon los antecedentes del CD Málaga-AD Almería ya comentado: el 24 de marzo el presidente de la AD Almería recibió una llamada de un intermediario con una oferta de arreglo del partido, pues contaba con la colaboración de los jugadores Corral, Macías, Aráez, Migueli y Orozco. El ex-jugador malaguista Búa, que residía en Almería, se encargaría de llevar a cabo la operación económica. Como el partido no se jugó, no hubo arreglo alguno.

    Así el Comité consideró que los hechos estaban probados, y que Orozco, Corral, Macías, Aráez, Migueli, Castronovo y Mesones eran responsables. A la hora de fijar la sanción tuvo en cuenta la mayor o menor actuación de unos y otros en el asunto, así como las circunstancias del intento de compra del CD Málaga-AD Almería, y la implicación de la entidad UD Salamanca, beneficiada directamente.

    Finalmente éste fue el acuerdo definitivo del Comité, hecho público el 20 de junio de 1980:

        Primero. Decretar la nulidad del encuentro que disputaron el día 27 de abril del año en curso los clubs Málaga y Salamanca y descontar a este útlimo dos puntos en su clasificación.

        Segundo. Suspender por dos años al entrenador del Salamanca, don Felipe Mesones Temperán; al jugador del Málaga don Julio Orozco Martín y al jugador del Algeciras don Raúl Castronovo Zanón, siéndole de abono a este último el tiempo desde la fecha en que se acordó por este Comité su suspensión provisional.

      Tercero. Suspender por un año a los jugadores del Málaga don Miguel Ramos Vargas, don Pedro Corral Revuelta, don Nicolás Aráez López y don José Díaz Macías.

      Cuarto. Elevar a la Junta directiva de la Real Federación Española de Fútbol la propuesta de inhabilitación a perpetuidad al presidente del Salamanca.

 El fallo del Comité no tiene desperdicio pues sanciona a las personas pero no a los clubs propiamente. El Campeonato de Liga finalizó el 18 de mayo de 1980 confirmándose los descensos del Rayo Vallecano, el Burgos CF y el CD Málaga, que ya tenía tres puntos de sanción por su incomparecencia ante la AD Almería. Al aplicar el acuerdo del Comité de Competición, observamos que la variación en la clasificación no infiere en los descensos, por lo que de haber recurso, éste no tendría consecuencias en el calendario de la temporada siguiente. Sólo afectaría a las sanciones personales.

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 Nótese que desde el primer momento la prensa publicó erróneamente la aplicación de la sanción, ya que todos, absolutamente todos los medios descontaron los dos puntos a la UD Salamanca sobre los 34 que sumaba, cuando realmente contaba con 32, puesto que el partido con el CD Málaga había sido anulado. Otro error transmitido de unos a otros implica la contabilización del partido CD Málaga-AD Almería. Físicamente no se disputó, pero a efectos de clasificación sí se contabiliza como victoria de la AD Almería que suma los correspondientes dos puntos y derrota del CD Málaga, que recibe una sanción de tres puntos menos. El Comité de Competición no otorgó ningún resultado en cuanto al cómputo de goles.

 Las partes implicadas recurrieron al Comité de Apelación, que confirmó todas las sanciones el 23 de julio de 1980.

 Pero el CD Málaga-UD Salamanca no se había terminado todavía. El abogado D. José Cabrera Bazán en representación de los cinco jugadores malaguistas sancionados elevó un recurso al Consejo Superior de Deportes. De igual manera actuó con su representado Felipe Mesones, D. José María Gil Robles y Gil Delgado. El recurso llegó al Comité Superior de Justicia Deportiva de una manera un tanto atípica. Este organismo se creó en octubre de 1980 y se constituyó a principios de 1981. Los plazos de tiempo para presentarlos estaban más que vencidos, sin embargo siguieron su curso y finalmente el 28 de mayo de 1981, con la Liga 1980/81 ya terminada y consumado el descenso de la UD Salamanca, el Comité Superior de Disciplina Deportiva, entendiendo que había falta de pruebas, revocó las sanciones de todos los recurrentes.

 Para entonces, el único que se mantenía en activo era Felipe Mesones, que tras la sanción estuvo trabajando en la UD Salamanca. Aunque el entrenador era Neme, la sombra de Mesones era ineludible. La mala marcha del equipo hizo que primero se marchase el propio Mesones y luego acabase destituido Neme. Los jugadores del CD Málaga se habían retirado de la actividad futbolística todos, por lo que la sanción no les afectó, al menos profesionalmente. Sólo Macías se animó a regresar fichando por el CD Antequerano, para terror de los delanteros de los demás equipos de su grupo de 2ªB.

 Pero quedaron dos flecos por cerrar. La intervención del Comité Superior de Justicia Deportiva sólo tenía competencia en los recursos presentados, por lo que su fallo absolutorio fue para todos aquellos que lo solicitaron. Raúl Castronovo, ya retirado, no se vio beneficiado… ni la UD Salamanca, que como club tampoco recurrió pues su permanencia en la Primera División no fue puesta en peligro.

Aquí radica el problema histórico. Pues pese a  que queda jurídicamente definida la inocencia de todos los implicados, Raúl Castronovo, al no recurrir la sanción confirmada por Apelación, acepta su culpabilidad y, por lo tanto, la existencia de un delito. El amaño del partido CD Málaga-UD Salamanca no se pudo probar en las personas acusadas, de ahí su absolución, pero el perdón de la anulación del partido y la pérdida de dos puntos para la UD Salamanca sólo es recogido de forma implícita y no explícita en el fallo. De ahí que quede en manos de la interpretación histórica su aplicación. Si aceptamos la decisión del Comité Superior de Disciplina Deportiva, la UD Salamanca sumó 34 puntos y quedó novena y si optamos por el criterio de la RFEF sumó 30 puntos y fue decimocuarta ¿Qué clasificación tomamos, con o sin sanción?

 

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Publicado en: General