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RESUMEN:

Para muchos ciudadanos españoles especialmente identificados con su comunidad no deja de ser una cuestión curiosa que oficialmente haya regiones que tengan cabida en el concierto deportivo internacional mientras que la suya no. Y sin ánimo de menospreciar a territorios como las Islas Feroe o Gibraltar se hace comprensible que también reclamen su sitio, teniendo

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Islas Feroe sí y País Vasco no

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Para muchos ciudadanos españoles especialmente identificados con su comunidad no deja de ser una cuestión curiosa que oficialmente haya regiones que tengan cabida en el concierto deportivo internacional mientras que la suya no. Y sin ánimo de menospreciar a territorios como las Islas Feroe o Gibraltar se hace comprensible que también reclamen su sitio, teniendo en cuenta que –intentando evitar una interpretación supremacista-, su peso económico y social y su tradición cultural y deportiva no es menor. Se plantean la pregunta ¿Por qué Islas Feroe sí y País Vasco no?

LA FEDERACIÓN VASCA DE FÚTBOL SOLICITA SER ADMITIDA EN LA FIFA Y EN LA UEFA

El pasado 15 de diciembre representantes de la Federación Vasca de Fútbol (FVF) y del Gobierno Vasco registraron la solicitud formal de integración como miembro de pleno derecho en las sedes de la FIFA, en Zúrich, y de la UEFA, en Nyon. La comitiva estaba formada por Luis María Elustondo, presidente de la FVF, Nerea Zalabarria, vicepresidenta de dicha entidad, Jon Redondo, director de Actividad Física y Deporte del Gobierno Vasco y David Salinas-Armendariz, abogado especializado en Derecho Deportivo. Componía la documentación presentada junto a la solicitud de ingreso una copia de los estatutos de la federación, un dosier divulgativo sobre el historial de la selección vasca desde 1915, un informe legal emitido por el Gobierno Vasco donde se fundamenta la capacidad representativa de la FVF y el documento del acuerdo aprobado (43 votos a favor y solo una abstención) en la Asamblea General de la FVF del 12 de diciembre de 2018 en Durango.

La FVF recogió estos actos en una nota de prensa donde se exponía que tal petición se fundamentaba en tres puntos:

  1. Solicitud formal por parte de la Federación Vasca de Fútbol de su integración directa como miembro de pleno derecho. A tal efecto, la Federación Vasca de Fútbol ha solicitado la instrucción de un expediente común y conjunto entre FIFA y UEFA en el cual se cumplimenten todas las exigencias formales estatutarias que ha de observar la EFF-FVF para la efectiva integración en ambos organismos y pueda materializarse, asimismo, un acuerdo entre todas las partes. En este acuerdo se concretarían las condiciones de entrada de la EFF-FVF con la aquiescencia de la RFEF, habilitándose un plazo de un año para cerrar el citado acuerdo. El acuerdo con la RFEF recogería los términos convenidos para la integración.
  2. En relación con este punto, la EFF-FVF ha solicitado que sea emitido un dictamen motivado donde FIFA y UEFA expliciten las condiciones y requisitos que para el caso concreto de la EFF-FVF sea necesario cumplimentar para su definitiva admisión en ambos organismos (en el caso de que a día de hoy no cumpla alguno de ellos).
  3. La EFF-FVF ha manifestado su firme compromiso, total disposición y buena fe de cara a trabajar “para remover los obstáculos existentes y dar cumplimiento a todas las exigencias que se presenten para una integración pactada entre todas las partes”. Según han subrayado, el objetivo es materializar el deseo histórico del fútbol vasco, representado legalmente por la Federación y expresado con claridad en el acuerdo asociativo adoptado en la Asamblea General de diciembre de 2018 en Durango.

En otras palabras: se da el plazo de un año para que, partiendo de un firme compromiso, una total disposición y buena fe por parte de la FVF, tanto la FIFA, como la UEFA y la propia RFEF se pongan al día y remuevan los obstáculos existentes y den cumplimiento a todas las exigencias que se presenten para una integración pactada por todas las partes.

Es evidente que en su propia solicitud ya se prevé una primera respuesta negativa a su solicitud pues se reconoce expresamente la existencia de unos obstáculos que deben ser modificados o eliminados. Debe de ser una observación aportada por el experto en Derecho Deportivo don David Salinas-Armendariz. El problema es que no se trata de detalles nimios, sino que conlleva una profunda revisión de los estatutos de las tres entidades superiores a la FVF con la implicación de la legislación del Estado Español, así como el replanteamiento de algunas definiciones dentro del Derecho Internacional tanto deportivo como político. Se hace llamativo que todas estas cuestiones, en las que como veremos deben intervenir y ponerse de acuerdo 211 federaciones de fútbol, un Consejo de Ministros y todas las Comunidades Autónomas españolas, se tengan que resolver en el plazo que la propia FVF fija e impone: un año.

Antes de profundizar en esos obstáculos que se exige remover no debemos caer en el error de descontextualizar este acto pues se inscribe en un proceso mucho más amplio como es el de regular la participación del País Vasco como entidad independiente en el concierto deportivo internacional. De hecho las autoridades deportivas vascas flamean su membresía en la Tug of War International Federation (ToWIF) –en la que por cierto no hay inscrita ninguna federación que se diga española- que reglamenta el juego de la cuerda (deporte que consiste en la disputa entre dos equipos que tiran de una cuerda en dirección opuesta) a lo que hay que añadir que la Federación Vasca del Juego de la Cuerda, respaldada por el gobierno autonómico, será la encargada de organizar el próximo mundial de este juego que se disputará en Guecho en 2021. También había sido admitida la Federación Vasca de Surfing en la International Surfing Association pero fue expulsada a instancias de la Federación Española de Surfing. No cabe duda de que la inminente inclusión de esta actividad en el programa olímpico le obliga a cumplir con las condiciones que exige el COI. Con todo, la Federación Vasca de Surfing ha vuelto a presentar una solicitud de admisión.

No es la primera vez que sucede que una federación deportiva autonómica es aceptada internacionalmente para luego revocarse esa decisión. Ya pasó con Cataluña: la Fédération International de Roller Sports (FIRS), que no pertenece al COI, tras incurrir en importantes irregularidades, aceptó de manera provisional la admisión de Cataluña en marzo de 2004. Seguidamente la selección catalana ganó fácilmente el Mundial B de Hockey sobre Patines disputado en Macao y obtuvo el derecho a particiar en el Absoluto, pero ya en noviembre de ese año, en la Asamblea General de la FIRS, se revocó tal decisión por no haberse ajustado al reglamento y desposeyó a la federación autonómica de su título.

Y siguiendo con la contextualización de los hechos, no podemos omitir su carga exclusivamente política. El propio presidente de la FVF ya nos dio un anticipo cuando a mediados de noviembre aseguró que el ejecutivo de don Pedro Sánchez le había prometido que las selecciones vascas jugarían competiciones oficiales internacionales. Declaraciones hechas poco después de que el Gobierno español de coalición llegase a un acuerdo con los partidos regionalistas vascos para la aprobación de los presupuestos generales del Estado. Posteriormente, siguiendo una moda muy al uso de la política española, el señor Elustondo se desdijo. ¿Sería para desligar esa supuesta promesa con la documentación entregada a FIFA y UEFA un mes más tarde? Aun así, todo apunta a que la delegación vasca tiene una baza en la manga que le respalda -lo que no sabemos si será suficiente- para exigir que se cambien definiciones internacionales, estatutos y leyes para que sus peticiones sean atendidas favorablemente.

Retomando el tema central, es preciso señalar que el señor Elustondo llegó a hablar, al parecer de manera informal, poco después de ese 12 de diciembre de 2018 –fecha del acuerdo dentro de la FVF- con don Luis Rubiales, presidente de la RFEF, quien, como era de esperar, no dio cuerpo a esa idea, apuntando además que el señor Elustondo debía dimitir si realmente se sentía identificado con esa propuesta.

Se entiende así que la FVF no hubiese hecho pública una primera negociación directamente con la RFEF antes de ir a Suiza y anunciar a bombo y platillo la entrega de tan extensa documentación. Porque para que el País Vasco pueda competir con identidad propia en un Mundial o en un Europeo pasa obligatoriamente por el respaldo de la RFEF y del Gobierno de España –se supone que las conversaciones entre el Sr. Sánchez y el Sr. Urkullu se circunscribían al tema económico, si bien los dos presidentes también tienen derecho a hablar de fútbol, aunque demuestren abiertamente su extrema ignorancia en cuestion de reglamentación deportiva nacional e internacional-.

¿QUÉ OBSTÁCULOS IMPIDEN QUE LA SELECCIÓN VASCA JUEGUE UN MUNDIAL Y UNA COPA DE EUROPA DE NACIONES?

Exponía FVF en su escrito tanto a FIFA como a UEFA que habría que remover aquellos obstáculos que impidiesen llevar a buen término su solicitud. Hagamos un repaso legal:

Estatutos de la FIFA

Citamos directamente los estatutos de la FIFA:

Capítulo II Miembros, Artículo 11 Admisión, apartado 1:

Todas aquellas federaciones miembro responsables de organizar y supervisar el fútbol en todas sus formas en su país podrán convertirse en miembro de la FIFA. Por esta razón, se recomienda a las federaciones miembro que integren en su seno a todos los grupos de interés determinantes en el fútbol. Se reconocerá como federación miembro a una sola por país, bajo reserva de lo estipulado en los apdos. 5 y 6 [donde se hace referencia a Inglaterra, Escocia, Gales e Irlanda del Norte] del presente artículo.

Aquí surge el primer conflicto legal ya que la RFEF es miembro de la FIFA y como tal ordena el fútbol en todo el Estado Español y por lo tanto aglutina todas las actividades de este deporte en este territorio, incluido el País Vasco como marca la ley. Según este artículo –solo una federación por estado-, siendo ya la RFEF miembro de la FIFA, no puede aceptarse la membresía de ninguna otra federación que pertenezca a España, como país internacionalmente definido y reconocido.

Capítulo II Miembros, Artículo 11 Admisión, apartado 2:

Únicamente podrán convertirse en miembros aquellas federaciones afiliadas a la confederación correspondiente. El Consejo podrá promulgar las directrices pertinentes que regulen el proceso de admisión.

El segundo conflicto con la solicitud del Gobierno Vasco es que la FVF no está afiliada a la UEFA, confederación continental a la que geográficamente corresponde, por lo que su solicitud para inscribirse en la FIFA preceptivamente deberá pasar por una admisión previa en la UEFA.

Estatutos de la UEFA

Una vez comprobado que la visita a Zúrich ha sido una pérdida de tiempo, marchemos a Nyon, sede de la UEFA para ver qué posibilidades tiene de prosperar esta solicitud. Allí los estatutos también son bastante diáfanos cuando hacen referencia a las condiciones para ser miembro de esta confederación futbolística:

Capítulo III, Artículo 5, Apartado 1

La membresía de la UEFA está abierta a las federaciones de fútbol nacionales situadas en el continente de Europa, con sede en un país que esté reconocido como un estado independiente por la mayoría de miembros de las Naciones Unidos y que sean responsables de la organización e implementación del fútbol y asustos relacionados con su práctica en el terriotiro de su país.

Volvemos a topar con nuevos conflictos legales. Por un lado la representación del Estado Español –definido por la Constitución española que está vigente y rige en todo su territorio del que forma parte el País Vasco-, internacionalmente reconocido por la mayoría de los miembros de la ONU, ya está cubierta por la RFEF. Si la FVF entrase en la UEFA debería asumir las mismas funciones que tiene la RFEF, con lo que habría una duplicidad institucional. Parece obvio que no puede haber dos federaciones de un mismo estado… salvo que sea producto de un cisma interno.

Que no es el caso de la FVF porque no ha solicitado su admisión como representante del Estado Español –aunque si lo hubiese hecho hubiese topado con la legislación española-, sino del territorio del que legalmente asume su competencia, es decir, del País Vasco, a lo que se le exige cumplir con una condición: el reconocimiento como estado independiente por la mayoría de miembros de la Naciones Unidas.

Llegado a este punto, según la UEFA, no basta la autoproclamación de estado soberano e independiente para formalizar la membresía. Ahí está el caso de la República Turca del Norte de Chipre que goza oficialmente del reconocimiento del gobierno de Turquía y nadie más. Es un estado de hecho pero no de derecho y, por lo tanto, se encuentra fuera de los organismos internacionales. Los intentos hasta ahora formalizados por la Federación Turca de Fútbol de Chipre han sido vetados por el gobierno chipriota a través de su correspondiente federación de fútbol.

La FVF ha preferido poner como ejemplo el caso de Kosovo, definiéndolo como ejemplo de territorio no estado que forma parte de la FIFA y la UEFA. La elección es desafortunada: Kosovo sí es un estado. Proclamó unilateralmente su constitución como estado independiente de Serbia el 17 de febrero de 2008. Entonces la Federación de Fútbol de Kosovo  cursó su solicitud de ingreso en la FIFA y en la UEFA que finalmente fue aprobada -ocho años más tarde- por la UEFA en el congreso ordinario de mayo de 2016 y días más tarde por la FIFA, pese a la oposición de Serbia. El motivo legal para proceder a su admisión es que Kosovo sí cumple con el requisito del reconocimiento internacional pues actualmente hay 90 de los 193 estados miembros de la ONU -entre ellos los Estados Unidos de Norteamérica y la mayoría de los países miembros de la Unión Europea- que han respaldado diplomáticamente su existencia como estado independiente de Serbia.

Es evidente que para que la UEFA acepte el reconocimiento internacional de una selección de fútbol vasca a través de la ONU se exige un protocolo diplomático que incluya en primer lugar la constitución de un Estado Vasco que goce a su vez de una aprobación mayoritaria internacional. Un proceso que hoy por hoy no se puede llevar a cabo en un año, por muy rápido que se sucedan los acontecimientos.

Estatutos de la RFEF

La cuestión es que antes de presentar la documentación en Suiza ni siquiera se habían superado los obstáculos, llamémosles domésticos, porque para que la FVF pudiese hacer esa solicitud de reconocimiento internacional en primer lugar tenía que haberlo resuelto en España, con la RFEF que es la responsable del fútbol del Estado Español. Por mucho que la FVF se justifique alegando que el mismo día que se presentó en Suiza envió un escito a la RFEF informando de sus actividades, no es el mejor inicio de unas conversaciones que se podía haber elegido, salvo que se haya evitado intencionadamente recibir por anticipado ese previsible no como respuesta absoluta y así neutralizar una presumible calificación como un acto de desacato o rebeldía el haber seguido adelante. El NO de la RFEF se desprende directamente de los estatutos de la propia RFEF:

Título I De la RFEF, Artículo 5 Competencias de la RFEF, apartado d) :

Ostentar la representación de la FIFA y de la UEFA en España, así como la de España en las actividades y competiciones de carácter internacional celebradas dentro y fuera del territorio del Estado. A tal efecto es competencia de la RFEF la selección de los futbolistas que hayan de integrar cualesquiera de los equipos nacionales.

Artículo que cierra a cualquier otra entidad del territorio español la opción de representar y competir total o parcialmente en el terreno internacional pues es la RFEF la única con esta competencia.

Y cuando se hace referencia expresa de las Federaciones de ámbito autonómico los estatutos de la RFEF dictan:

Título II De las Federaciones de ámbito autonómico, Artículo 8, Las Federaciones de ámbito autonómico:

  1. Las Federaciones de ámbito autonómico se rigen por la legislación española general, por la específica de la Comunidad Autónoma a la que pertenecen, por sus Estatutos y Reglamentos y, además, por sus propias disposiciones de orden interno
  2. En todo caso, se deberán reconocer expresamente a la RFEF tanto las competencias que le son propias como las públicas de carácter administrativo que le corresponden, en uno y otro caso, en virtud de lo que establecen la Ley del Deporte, el Real Decreto sobre Federaciones deportivas españolas, los presentes Estatutos y su Reglamento General

Artículo 10, Integración en la RFEF, apartado 2, punto c)

  1. c) [Las Federaciones de ámbito autonómico deberán aportar la siguiente documentación] Declaración de reconocer los órganos jurisdiccionales y disciplinarios de la RFEF y el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS).

Con ello se deja muy claro que las Federaciones de ámbito autonómico, como la FVF, por el hecho de formar parte de la RFEF asumen y cumplen los estatutos de la RFEF y con la legislación española.

La Ley española

Reseñemos que los estatutos de la RFEF están redactados conforme al Real Decreto 1835/1991, de 20 de diciembre, sobre Federaciones deportivas españolas normativa que todos los ciudadanos españoles estamos obligados a cumplir. De este Real Decreto subrayamos:

Sección 1ª Régimen Jurídico, Artículo 1, punto 2:

Las Federaciones deportivas españolas están integradas por federaciones deportivas de ámbito autonómico, clubes deportivos, deportistas, técnicos, jueces y árbitros, ligas profesionales si las hubiere y otros colectivos interesados que promueven, practican o contribuyen al desarrollo del deporte.

Respecto de los otros colectivos interesados, los Estatutos federativos recogerán el régimen de su creación, reconocimiento y formalidades de su integración federativa.

Dado que la FVF es una federación de ámbito autonómico este apartado confirma le legalidad del Título II De las Federaciones de ámbito autonómico, Artículo 8, Las Federaciones de ámbito autonómico del Estatuto de la RFEF.

Más adelante el Real Decreto señala:

Sección 3ª Representación internacional, Artículo 5, punto 1:

Las Federaciones deportivas españolas ostentarán la representación de España en las actividades y competiciones deportivas oficiales de carácter internacional celebradas fuera y dentro del territorio español. A estos efectos, será competencia de cada Federación la elección de los deportistas que han de integrar las selecciones nacionales.

Es la propia ley española la que confirma que la selección nacional solo es competencia de la federación nacional, sea el deporte que sea –incluido el juego de la cuerda-. Pero si había alguna duda:

Sección 4ª Integración y representatividad de las Federaciones autonómicas, Artículo 6, punto 1:

Para la participación de sus miembros en actividades o competiciones deportivas oficiales de ámbito estatal o internacional, las Federaciones deportivas de ámbito autonómico deberán integrarse en las Federaciones deportivas españolas correspondientes.

Otro obstáculo importante para las intenciones de la FVF ya que su participación en competiciones internacionales siempre será bajo la integración en la RFEF de obligado cumplimiento legal, como ha venido siendo hasta ahora: los jugadores vascos han venido disputando -¡y hasta se han proclamado campeones!- Mundiales y Eurocopas integrados en la Selección Española.

Y finalmente es obligatorio señalar una posible grave irregularidad en el acto protagonizado por la delegación vasca en Suiza, puesto que el Real Decreto ordena:

Sección 2ª Inscripción de las Federaciones deportivas españolas las Federaciones internacionales, Artículo 9, punto 1

Las Federaciones deportivas españolas, se inscribirán en su caso, en las correspondientes Federaciones deportivas internacionales, con la autorización expresa de la Comisión Directiva del Consejo Superior de Deportes.

Esta es la duda: ¿Hubo la correspondiente autorización expresa de la Comisión Directiva del Consejo Superior de Deportes? ¿Hubo una solicitud previa para recibir la prescrita autorización? ¿Actuó la FVF por su cuenta y riesgo con el apoyo o con la complicidad del Gobierno Vasco estimulada por la promesa del ejecutivo de don Pedro Sánchez?

Sea la respuesta que sea, queda muy lejos de que se pueda interpretar buena voluntad por parte de la FVF para encontrar alguna solución a su planteamiento.

Este ha sido un recorrido por los estatutos de las entidades implicadas donde podemos focalizar los obstáculos existentes que se solicita remover para obtener una solución feliz –para la FVF- y de buena fe –si es que la hubo en la propia iniciativa-.

POSIBLES SOLUCIONES

Enterado a través de la prensa –y no directamente y con antelación por la propia FVF como dictaría un protocolo lógico- el secretario de Organización Estratégica y Relaciones Internacionales de la RFEF, Jorge Mowinckel comentó que la solicitud de la FVF era inviable porque el País Vasco no es un estado internacionalmente reconocido. Y tiene toda la razón el señor Mowinckel porque con la ley en la mano no hay más salida.

Por eso mismo una solución sería la constitución de un Estado Vasco independiente –objetivo político defendido por algunos partidos vascos- que fuese recibido favorablemente y de forma mayoritaria por la comunidad internacional en el seno de las Naciones Unidas. Esa es la diferencia de fondo -como ya hemos explicado- entre el caso de Kosovo y el de la República Turca del Norte de Chipre.

Hablar de un Estado Vasco separado de España ya son palabras mayores. Entonces sí sería una minucia discutir si el País Vasco tiene o no derecho a entrar en la UEFA comparado con lo que supondría la secesión política de parte del actual territorio español. Siendo realistas, iniciar la vía del separatismo de manera unilateral implicaría que se repitiese un escenario y unos hechos parecidos a los que se produjeron en Cataluña durante el mes de octubre de 2017. Tres años más tarde –mirando siempre desde la perspectiva de la solicitud vasca-, Cataluña –que no recibió ningún apoyo internacional entonces- sigue participando en el panorama deportivo internacional a través de su pertenencia a España.

Pero la nota de prensa de la FVF no habla en ningún momento de la constitución de un Estado Vasco. Eso es un tema que pertañe a los partidos políticos que tienen la responsabilidad sobre los asuntos de Estado. La solicitud de la FVF es más elemental: simplemente pide poder competir internacionalmente con una selección propia. Y se acogen al agravio comparativo: Inglaterra, Escocia, Gales, Irlanda del Norte, Islas Feroe y Gibraltar por citar las federaciones sin estado propio que tienen membresía en la UEFA. No les interesa recordar el caso ya citado de la República Turca del Norte de Chipre ni el del Protectorado del Sarre, cuya federación fue fundadora de la UEFA –llegó a jugar las eliminatorias previas para el Mundial de 1954- y dejó de formar parte de la misma cuando el pequeño estado acabó integrándose en la antigua República Federal Alemana en 1956.

Entonces… ¿Por qué las Islas Feroe sí, y el País Vasco no? Ese es su dilema. Y la solución no pasa por la RFEF porque toda su reglamentación está regulada por el ya citado Real Decreto 1835/1991, de 20 de diciembre, sobre Federaciones deportivas españolas que es el auténtico obstáculo –junto a la aprobación en Asamblea de la RFEF-. Por eso, para políticos como don Pedro Sánchez, presidente del Gobierno Español, y para don Íñigo Urkullu, presidente del Gobierno Vasco -ambos muy por encima de lo que pudiese decidir la Asamblea General de la RFEF-, este conflicto es una nimiedad ya que el tema se arreglaría conversando sobre una mesa. Porque, en efecto, en España la solución pasaría por un nuevo Real Decreto que regule las competencias de las federaciones deportivas autonómicas y legitime la representatividad de los terriotorios que componen España en las competiciones internacionales. Eso se resuelve en un Consejo de Ministros y… ¡Ya está!

¿Ya está? ¡No!

Primero porque tal ley implicaría la pérdida de las competencias estatales en materia deportiva y la desaparición automática de la selección española en todos los deportes puesto que todas las comunidades autonómicas gozarían del reconocimiento y la capacidad para competir internacionalmente, salvo que la supuesta nueva ley estuviese basada en una arbitraria discriminación y solo concediese tal beneficio a ciertas regiones.

Segundo, porque en esa ley también debería incluirse una nueva definición de los territorios integrantes del Estado Español para que en su aplicación se ajustase a los estatutos de FIFA y UEFA que solo admiten una única entidad representativa por Estado. Lo malo es que solo la Constitución Española, que por rango de ley va por encima de todas las demás, está capacitada para redefinir la integración del Estado Español… ¡estaríamos hablando de modificar la Constitución!

Y si no se quiere tocar la Constitución porque complicaría mucho el tema, no queda más remedio que requerir a FIFA y UEFA que modifiquen sus estatutos para dar cabida a la solicitud de la FVF -ya que la vía española no es suficiente- algo que se escapa de las competencias del presidente del Gobierno Español y del Gobierno Vasco, aunque ellos lo ignoren. Con ello volvemos a tropezar con el Derecho Deportivo Internacional.

 Así que desde la FVF se repiten la pregunta ¿por qué Islas Feroe sí y País Vasco no?

Una respuesta inmediata es que las condiciones que se exigían cuando las Islas Feroe fueron aceptadas ya no rigen; actualmente son otras -las que ya hemos repasado-. La UEFA y la FIFA han tomado estas medidas para controlar la incorporación de nuevas federaciones y, sobre todo, evitar conflictos políticos, algunos de ellos provocados por enfrentamientos bélicos de muy compleja solución. Con esta postura la UEFA está vetando la membresía de territorios como la Isla de Man, las Islas del Canal que dependen directamente de la Corona Británica o de regiones como Chipre Septentrional, Abjasia, Crimea, Osetia del Sur… Como vimos, el caso de Kosovo salió adelante pese al veto de Serbia porque el apoyo internacional fue suficiente.

Así pues, para que se atiendese favorablemente la reivindación vasca sería necesario que la Asamblea General de la UEFA aprobase la modificación pertinente de sus estatutos, algo complejo máxime cuando tales cambios harían referencia a la alteración territorial de sus miembros y a la naturaleza de sus entidades ya que facilitaría la admisión de cualquier espacio geográfico que así lo solicitase. Algo parecido sucedería en la FIFA. Esto significa que, por mucho que el Gobierno de España, en el supuesto de que se llegase a un acuerdo -incluyendo una reforma de la Constitución- con el Gobierno Vasco e impulsase la idea sobre una selección vasca, el recorrido de la propuesta chocaría  de lleno con los estatutos de ambas instituciones deportivas internacionales. Eso aceptando la propuesta del escrito de FVF donde se apela a la buena fe, ya que de lo contrario la UEFA podría entender que el Gobierno de España –si ignorase la decisión de la Asamblea federativa y obligase a la RFEF a apoyar una proyección internacional oficial de la FVF- estuviese incurriendo en una intromisión política con lo que podría suspender las funciones de la entidad española.

Finalmente, recordemos que por encima de estas instituciones internacionales –FIFA y UEFA- legalmente no hay ningún estado sino que se someten voluntariamente al arbitrio del Tribunal Arbitral du Sport y aceptan sus resoluciones.

Lamentablemente para los objetivos de la FVF, el TAS tampoco da muchas esperanzas. Tenemos como precedente más próximo el caso de la isla caribeña de Bonaire que sí cumplía el requisito primero exigido por la FIFA, pues había formalizado su membresía en la CONCACAF -y además contaba con el apoyo tutelar de la Federación Holandesa-, pero por su condición legal dentro de Holanda –definida oficialmente como un municipio holandés de pleno derecho- el TAS sentencia que ya está representada por la Federación Holandesa de Fútbol según dictan los estatutos de la FIFA (el citado Capítulo II Miembros, Artículo 11 Admisión, apartado 1). Para el TAS, un jugador de Bonaire tiene legalmente el mismo recorrido que un jugador de Ámsterdam para jugar en la selección nacional por lo que no ha lugar a que Holnda cuente con dos miembros en la FIFA. Con esta decisión del TAS se impide a Bonaire formalizar su inscripción y por consiguiente la participación en las eliminatorias para la Copa del Mundo.

CONCLUSIÓN

Es posible que a lo largo de la lectura de este artículo se haya extendido demasiado las explicaciones para ir entendiendo paso a paso lo que realmente la FVF pretende de buena fe resolver en el plazo de un año.

Llama la atención, siendo conscientes todos los implicados del corto recorrido de su solicitud que no hayan tenido ningún reparo en dar a conocer sus pretensiones –exigencias incluidas- ante FIFA y UEFA. No cabe duda de que han contado con el benepláctico de importantes personalidades porque esta actuación en sí va más allá de las competencias deportivas y se enmarca en un contexto político cuyo objetivo –el mismo que  pretenden los partidos secesionistas vascos- es un cambio político profundo de la realidad española y vasca.

Así pues, con la legislación vigente y la realidad política actual, hoy por hoy y dentro de un año también, la única posible respuesta es la que adelantó el señor Mowinckel: Islas Feroe sí y País Vasco no.

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